Asunto: Alegaciones a la contestación de la solicitud de medidas de igualdad para la PAU 2020 (nombre alumno/a)
Buenos dĆas,
En las circunstancias actuales, derivadas del confinamiento por COVID-19, las dificultades de las personas con dislexia han aumentado de forma sustancial, debido al cambio radical que ha supuesto el paso del proceso de enseƱanza y aprendizaje presencial a un entorno virtual, en el mejor de los casos, y por la diversidad de situaciones familiares y personales.
Visto que, las adaptaciones concedidas no corresponden a lo solicitado en el informe del Departamento de Orientación, nos vemos en la obligación de presentar este recurso una vez que, tanto los expertos en la materia a nivel nacional como la propia CRUE, han asegurado a los miembros de la Federación EspaƱola de Dislexia (FEDIS) que, al alumnado con necesidades especĆficas de apoyo educativo le corresponden por Derecho, todas aquellas adaptaciones que se reflejan en el informe tĆ©cnico del Departamento de Orientación, tal como se recoge en el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio en su ArtĆculo 8.2:
Con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas, en cada convocatoria las Administraciones educativas adoptarĆ”n las medidas oportunas para adaptar las condiciones de realización de las pruebas a las necesidades del alumnado que presente necesidades especĆficas de apoyo educativo. En función de la necesidad, se podrĆ”n adoptar medidas tales como la adaptación de los tiempos, la utilización de formatos especiales y la puesta a disposición del alumnado de los medios materiales y humanos y de los apoyos y de las ayudas tĆ©cnicas que precise para la realización de las pruebas, asĆ como la garantĆa de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio fĆsico donde Ć©sta se desarrolle.
El departamento de orientación de cada centro educativo realizarÔ un informe por cada alumno a que se refiere este apartado, que serÔ tenido en cuenta a la hora de establecer las adaptaciones que procedan. Dichas adaptaciones no computarÔn de forma negativa menoscabando la calificación final obtenida en las pruebas.
Es por todo lo expuesto que rogamos tengan en consideración la totalidad de las medidas de apoyo solicitadas ya que es un derecho fundamental que no deberĆa ser vulnerado.